Una duda constante entre los propietarios que desean instalar una techumbre o cobertizo en su jardín es: ¿necesito pedir permiso de edificación en la municipalidad? La respuesta corta es SÍ, pero con ciertos matices que analizamos a continuación según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
¿Qué dice la OGUC?
De acuerdo a la normativa chilena, toda ampliación, modificación o edificación que modifique la superficie techada de un terreno debe contar con el permiso previo de la Dirección de Obras Municipales (DOM). Los cobertizos y techumbres se consideran superficie construida (incluso si están abiertos por los costados).
La Ley del Mono: ¿Una solución?
La Ley N° 20.898 (conocida como Ley del Mono) permite regularizar ampliaciones autoconstruidas de baja superficie bajo un procedimiento simplificado, siempre que cumplan con requisitos básicos de seguridad y habitabilidad. Es una opción viable para regularizar cobertizos ya edificados si deseas vender tu vivienda.
¿Qué pasa si construyo sin permiso?
Si eres fiscalizado o si un vecino realiza una denuncia, te arriesgas a multas que van desde el 50% al 150% del valor de los derechos municipales de edificación, además de una orden de demolición de la estructura en casos extremos. Por eso, asesorarse técnicamente antes de iniciar la obra es clave.

